martes, 16 de diciembre de 2008

Proyecto de seguros de caución para alquileres

De aprobarse, sería una gran solución para quienes no tengan garantía y estimularía el mercado de seguros de caución.

Buscan generalizar el uso de seguros como garantía para alquilar viviendas. Hoy la opción ya existe, pero hay muy pocas empresas que lo ofrecen. El plan es acotar el riesgo para la aseguradora y ofrecer así otra opción para los posibles inquilinos Hoy los inquilinos sufren doble a la hora de alquilar una vivienda.

No sólo por el precio de las locaciones, sino porque conseguir una garantía en muchos casos es un trabajo de hormiga. Luego de las polémicas garantías compradas, los propietarios se han vuelto más exigentes con los requisitos de alquiler y la gente, más reacia a prestarse como garante. Sin embargo, para aquellos que estaban desalentados hay una buena noticia. Hace poco se presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley que impulsa el uso de seguros de caución como garantía para el alquiler de viviendas.

La iniciativa corresponde al abogado Dardo Marchesini, quien definió que de aprobarse esta ley sería una gran solución para quienes no tengan garantía, estimularía el mercado de seguros de caución y, así, se flexibilizaría el acceso de muchas personas a conseguir uno de estos contratos.

La principal ventaja para los inquilinos es que estarían exentos de presentar garantías tan costosas como un inmueble o un tercero que lo avale, ya que los únicos requisitos serían tener un buen historial de pago e ingresos no menores al 30% de lo que pagarían de alquiler.

Estos requisitos, que servirían de garantía, se presentan frente a la aseguradora, señaló Marchesini. Pero además, con el nuevo proyecto también se verían beneficiados tanto el propietario .


En la actualidad este tipo de producto ya funciona en el mercado pero con escasa popularidad. De hecho, sólo tres aseguradoras lo ofrecen.

El problema es que muchas compañías no están interesadas en comercializarlo ya que muchas veces la firma se enfrenta a grandes riesgos.

Lo principal es que todas las aseguradoras quieren tener este producto, pero muchas veces el riesgo que corren es muy grande.

Por ejemplo, cuando el inquilino deja de pagar sus alquileres y no es desalojado cuando es debido, la firma debe seguir respondiendo por él, es decir, el fiador que es codeudor a la vez, no tiene incidencia en el desalojo del moroso, dijo el abogado.

En esta línea, Diego Brun, gerente comercial de Alba Caución, una de las firmas que opera este tipo de seguro, señaló al mismo medio que el principal inconveniente por el que este mercado no se desarrolla es la lentitud de la justicia para el desalojo, lo cual lleva a la firma a enfrentarse con grandes pérdidas.

Por su parte, Antonio de Vedia, vicepresidente de Aseguradoras Cauciones, señaló que hoy en día los seguros como garantías inmobiliarias funcionan mejor para empresas que para viviendas porque para la firma no es rentable.

En este sentido, el proyecto ante diputados plantea que la justicia debe homologar la fecha de restitución de lo alquilado convenida contractualmente. Es decir, que se le otorga legitimación procesal al fiador, en este caso la aseguradora, ya que éste podrá participar ante los tribunales y solicitar que le de validez a la homologación de la fecha, teniendo un ejemplar del contrato suscripto por las partes.

En otras palabras, la aseguradora estaría al tanto del costo de siniestros de antemano porque el seguro de caución tendría garantizado una limitación temporal de su responsabilidad.

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